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septiembre 10, 2020

Faculta SCJN a ASF para auditar destino de cuotas obrero-patronal en Infonavit

Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) proceda a revisar el destino de los recursos que maneja el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) debido a que forman parte del sistema de seguridad social mexicano.

Durante una sesión ordinaria virtual los ministros de la Segunda Sala de la SCJN aprobaron por mayoría la facultad constitucional de la ASF para fiscalizar y auditar el cumplimiento de programas federales y debido ejercicio del patrimonio del Infonavit.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa presentó la ponencia que negó un amparo que promovió el Infonavit para evitar el Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2018.

El Infonavit pretendía quedar exento de la aprobación Programa que ordenó realizar dos auditorías a ese Instituto: una de “Control Interno y Gobernanza”, tipo “Desempeño”, y otra de “Gestión Financiera”, tipo “Cumplimiento Financiero”.

El Infonavit alegó que la ASF carecía de competencia para auditar a ese instituto debido a que no recibe recursos públicos a través del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Según el Infonavit su patrimonio correspondería únicamente a las aportaciones efectuadas por los patrones al Fondo para la Vivienda.

La ministra Esquivel Mossa consideró que las aportaciones de seguridad social no son ajenas a la fiscalización de la ASF.

“El Instituto está obligado en responder y cumplir con la debida integración a las subcuentas correspondientes, pues, de otra manera, la Federación no podría saber la forma en que el INFONAVIT cumple con su función constitucional, y más importante aún, que lo recaudado llegue a las cuentas de los trabajadores; recursos que permiten otorgar a los trabajadores crédito barato y suficiente para que adquieran viviendas”, indico en su ponencia.

Los ministros coincidieron por separado que la ASF deberá tomar en cuenta el régimen interno de auditoría establecido en la Ley del Infonavit para sus revisiones.

“Esto es, lo referente a su sistema de auditorías interna y externa, así como la relativa a la revisión que hace la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores”, indicó la SCJN en un comunicado.

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