Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pidió a la Unidad Técnica de lo Contencioso (UTCE) órgano dependiente del INE investigar el origen del sitio web ‘pejeleaks.org’ dedicado a difundir información falsa sobre Andrés Manuel López Obrador candidato presidencial de la coalición ‘Juntos Haremos Historia’.

El TEPJF revocó el fallo de la UTEC órgano del Instituto Nacional Electoral (INE) que había desechado en primera instancia una queja interpuesta por representantes del Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) que cuestionaron el origen de ese sitio web creado de forma anónima y específicamente para la difusión de propaganda política calumniosa contra López Obrador candidato puntero en la contienda presidencial.

Por unanimidad, los magistrados del TEPJF ordenaron a los consejeros del INE abrir una investigación de oficio sobre el origen del sitio ‘pejeleaks.org’ cuya política editorial es ajena a los parámetros de los medios de comunicación digitales.

El dictamine consideró legalmente viable indagar quién es o son los responsables de la difusión de textos, imágenes y videos que contienen propaganda calumniosa contra López Obrador y Morena.

Los magistrados del TEPJF coincidieron por separado que había pruebas suficientes para que la Unidad Técnica del INE ejerciera su facultad investigadora a través de la división científica para certificar la página y origen del dominio, además, de identificar a los probables responsables.

“Por ello, y tras estudiar el caso, al resolver el SUP-REP-95/2018, la Sala Superior determinó que la autoridad responsable contaba con los elementos mínimos para ejercer su facultad investigadora y realizar las diligencias preliminares de investigación necesarias para determinar sobre la admisión de la queja.

“Esto, porque a partir de la denuncia y pruebas aportadas por MORENA, se contaba con elementos mínimos que permiten acreditar la existencia de los materiales denunciados”, indicó el TEPJF en un comunicado.

Por ello, consideró, que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) debió llevar a cabo una investigación preliminar para identificar a los eventuales responsables de los hechos.

“La finalidad de la facultad investigadora consiste en establecer, de manera razonable, la existencia de una infracción y la responsabilidad del o de los sujetos denunciados para estar en condiciones de iniciar el procedimiento y emplazar a los denunciados.

“En este caso, la Sala consideró que la autoridad responsable fue omisa en cuanto a cerciorarse de la existencia de la propaganda denunciada, así como de realizar diligencias para investigar la responsabilidad de los sujetos que la colocaron.

“En consecuencia, el Pleno determinó revocar el acuerdo impugnado, y ordenó a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral realizar las diligencias de investigación pertinentes, a partir de los elementos que obran en el expediente y determine lo conducente respecto de la admisión de la queja presentada por MORENA.

“También ordenó a la Unidad Técnica solicitar a la División Científica de la Policía Federal información sobre la posibilidad de identificar a la o las personas responsables de la creación de la página denunciada, así como su eventual localización, para agotar todas las posibles líneas de indagación en relación con los hechos denunciados”, indicó el TEPJF en el comunicado.

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