Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) José Luis Vargas difundió el proyecto de resolución que desecharía la impugnación del Partido Acción Nacional (PAN) y ratificaría el triunfo de Américo Villarreal candidato de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) en los comicios por la gubernatura de Tamaulipas del pasado 5 de junio.
A través de su cuenta oficial de Twitter Vargas compartió el proyecto de resolución SUP-JRC-101/2022 relacionado con la elección de la gubernatura de Tamaulipas que será sometido a votación del pleno del TEPJF el próximo 28 de septiembre.
“En efecto, a pesar de lo razonado previamente, esta Sala Superior estima que las infracciones acreditadas con antelación valoradas en lo individual, y en su conjunto, no son de la entidad suficiente para considerar que incidieron en el resultado de la elección”, aseguró Vargas.
Además, indicó, las pruebas presentadas nunca acreditaron violencia generalizada, uso indebido de recursos de procedencia ilícita ni públicos o una incidencia en la generalidad del territorio y población de Tamaulipas, para desvirtuar la validez de la elección.
En este orden de ideas, es preciso destacar que el cómputo final de la elección arrojó una diferencia de 88 mil 583 sufragios entre las candidaturas que obtuvieron el primer y segundo lugares de la elección, es decir una separación del 6.08% de la votación total emitida en Tamaulipas.
“Se confirma el cómputo estatal, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría, expedida a favor de Américo Villareal Anaya”, planteó Vargas.
Vargas propuso al Pleno del TEPJF avalar el resultado de los comicios en el juicio de revisión constitucional electoral que promovió el PAN en contra de la resolución TE-RIN-32/2022 del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas que, confirmó la validez de la elección de la gubernatura de Tamaulipas, y entregó de la constancia de mayoría correspondiente al candidato Villarreal.
Comparto el proyecto de resolución SUP-JRC-101/2022 relacionado con la elección de la gubernatura de #Tamaulipas, mismo que puedes consultar en el apartado de proyectos de resolución en la página web del @TEPJF_informa.
— José Luis Vargas Valdez (@JL_VargasV) September 26, 2022
El pasado 13 de agosto, el Tribunal local emitió sentencia que validó la elección y otorgó la constancia de mayoría a la gubernatura al candidato de ‘Juntos Hacemos Historia en Tamaulipas’ integrado por los partidos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista (MORENA-PT-PVEM).
Cinco días después, el representante del PAN promovió el juicio de revisión constitucional electoral para tratar de revertir la sentencia del Tribunal local a favor de MORENA-PT-PVEM.
El PAN alegó la existencia de supuestas irregularidades, entre ellas, la intervención de funcionarios públicos en el proceso, violencia generalizada el día la contienda al haber intervenido diversos grupos de crimen organizado y vulneración a la cadena de custodia de los paquetes electorales.
De acuerdo al expediente, el PAN presentó en calidad de pruebas una serie de publicaciones en diversos medios impresos y digitales que mencionaron la supuesta relación del candidato Américo Villarreal con personas del crimen organizado.
Y audios de una mujer (Nohemí Estrella Leal) que, supuestamente, muestran que la columna armada Pedro J. Méndez operó a favor de la campaña de Americo Villareal Anaya, en Tamulipas.
“Sucede lo mismo por cuanto a la alegada participación de recursos de procedencia ilícita por parte de un operador financiero del Cartel del Noreste pues, como previamente quedó expuesto, los datos aportados en las columnas y notas periodísticas no se encuentran soportados con elementos adicionales que permitan inferir que, de ser el caso.
“Se trató de aportaciones o recursos que hubiesen sido utilizados por el partido o el candidato, en el desarrollo del proceso electoral pues, el propio órgano fiscalizador concluyó que los ingreso y gastos erogados por el partido se encontraba dentro de los límites establecidos”, precisó Vargas en la ponencia..
Además, señaló, es insuficiente para tener por acreditado un contexto de violencia generalizada y presión al electorado, las solas manifestaciones de los líderes del grupo Columna General Pedro José Méndez, sin más elementos o indicios que permitieran inferir al órgano jurisdiccional que existió un nexo entre tales declaraciones o participación, y comportamiento a lo largo del proceso y posterior resultado.
“De igual modo, el hecho de que, integrantes del grupo Columna General Pedro José Méndez y pobladores hayan impedido el acceso de la policía estatal a la comunidad de Hidalgo, el día de la jornada electoral, hasta la entrega de los paquetes electorales, resulta insuficiente para tener por cierta la tesis del partido que existió violencia generalizada ni en el distrito 13, ni en la entidad.
“En principio, no existe evidencia alguna que permita inferir que tales hechos se tradujeron en amenaza o coacción a la ciudadanía que participó en la elección”, explicó Vargas.
En relación con los indicios que obran en el expediente, dijo Vargas, el PAN nunca acreditó mediante pruebas directas la relación del crimen organizado con el candidato Villarreal.
“Así, del análisis de los indicios referidos en párrafos precedentes se aprecia que no están acreditados mediante pruebas directas, debido a que no demuestran que existe o haya existido una asociación entre MORENA y su candidato a la gubernatura de Tamaulipas y la delincuencia organizada que hubiese tenido un impacto directo en los resultados de los comicios que se celebraron en dicha entidad.
“Esto es, tales indicios están soportados no solamente en pruebas indirectas como lo son notas periodísticas, así como videos en redes sociales, sino que su contenido alude a hechos aislados y no a situaciones que permitan asociar al partido político y a su candidato con la delincuencia organizada, con la violencia generada por aquélla o con la instrumentalización de ambas para coaccionar u obtener el voto en determinado sentido.
“Asimismo, los referidos indicios no son plurales porque no existe una diversidad indiciaria proveniente de fuentes diferentes que apoyen cada hecho que se pretende acreditar, como lo pudiera ser notas informativas, denuncias o sentencias penales, videograbaciones, testimonios, que pudieran dar cuenta de un solo hecho tendente a demostrar un vínculo entre los actores políticos referidos y el crimen organizado.
“Aunado a ello, tampoco se demuestra que los indicios sean concomitantes con el hecho a probar, ya que a través de ninguno se acredita que, material y directamente, se concretizó un vínculo entre los actores políticos o los resultados de la elección, con los grupos del crimen organizado.
“Tampoco está acreditado que exista una interrelación entre los indicios de tal magnitud para formar un sistema argumentativo que lleve a la convergencia de que efectivamente existió una asociación plenamente acreditada entre MORENA y su candidato a la gubernatura y los grupos criminales, los líderes de estos o la violencia generada por ellos.
“Por otra parte, en relación con las exigencias que debe cumplir la inferencia lógica tratándose de la prueba de indicios, conforme a los parámetros delineados por el máximo tribunal de nuestro país79, en el presente caso no se cumple con la razonabilidad de esta, ni con la conclusión natural que debe extraerse.
“En efecto, para corroborar o confirmar la hipótesis planteada por el partido actor en el sentido de que, a través de los indicios aportados, se acredita la violencia generalizada e intervención del crimen organizado en la elección de la gubernatura de Tamaulipas, exigiría demostrar que los indicios ostentan una fiabilidad manifiesta que la soporten, que como ya vimos, en el caso no es así”, sostuvo Vargas.
De manera que, añadió Vargas, resultan infundadas las premisas probatorias para sostener una acusación contra MORENA y su candidato sobre presunta vinculación con el crimen organizado.
“Por todo ello, del análisis contextual, circunstancial e indiciario efectuado en plenitud de jurisdicción por esta Sala Superior, no es posible derivar que MORENA o su candidato tuvieron o mantienen un vínculo con el crimen organizado o con las acciones emprendidas por aquél o con sus líderes, que hubiese trascendido al resultado de las elecciones en Tamaulipas”, aseguró Vargas.
Paralelamente, precisó Vargas, el PAN presentó pruebas insuficientes o fundadas para acreditar los vicios en la contienda por la participación de grupos de delincuencia organizada y hechos de violencia y amenaza a la población.
“Conforme a todo lo expuesto a lo largo de este apartado, se advierte que el actor pretende demostrar su hipótesis de la injerencia del crimen organizado en el proceso electivo de la gubernatura de Tamaulipas a partir de una serie de indicios — fundamentalmente sustentados en piezas informativas, videos y publicaciones—, sin que el análisis contextual de los hechos acreditados a que aluden tenga el alcance demostrativo suficiente para confirmar la hipótesis planteada.
“Es decir, con base en los hechos probados conforme a los elementos de convicción aportados por el actor, únicamente se da cuenta de la existencia de declaraciones, publicaciones, reportajes y opiniones acerca de supuestos vínculos entre el candidato, un dirigente y un representante de MORENA con diversos personajes identificados con grupos pertenecientes a la delincuencia organizada.
“Y de que sus interlocutores actuaron como nexos o mediadores para que se llevaran actos de violencia para intimidar a la ciudadanía y se realizaran aportaciones en efectivo o en especie a favor de la campaña del candidato, configurando con ello un financiamiento de origen ilícito, sin embargo, tomando en consideración que el actor no demostró tales hechos, resulta inviable estimar que los hechos aducidos por el actor sean suficientes para estimar que se configuró alguna irregularidad susceptible de incidir en la elección.
“Debe precisarse que las manifestaciones de apoyo de diversos personajes tampoco brindan datos reales y objetivos de vinculación con el candidato Américo Villarreal Anaya o con los resultados obtenidos en la elección, toda vez que estas se efectuaron de manera pública, y sin que en ellas mediara algún acto de violencia o de intimidación para que el sufragio ciudadano se emitiera a favor de alguna opción política en particular”, explicó.
El magistrado Vargas señaló que ese órgano jurisdiccional considera que las irregularidades advertidas no impactaron de manera determinante en el desarrollo del proceso electoral respectivo o en el resultado a favor de Villarreal.



















