Redacción InsurgentePress, Ciudad de México.- Lorenzo Córdova consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), afirmó que Nestora Salgado cumplió los requisitos legales para obtener el registro de candidata al Senado de la República.

“El INE, en su momento, revisó los requisitos de elegibilidad de todos los candidatos federales; quien hoy tiene un registro es que ha pasado esa criba de legalidad de requisitos, hasta que no se demuestre lo contrario”, sostuvo en entrevista.

A pregunta expresa, Córdova respondió que en el caso de Salgado –postulada por Movimiento Regeneración Nacional (MORENA)al Senado– los consejeros del INE verificaron el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la ley para personas con doble nacionalidad y libres de sentencias ejecutorias.

“La doble nacionalidad no es un impedimento per se para que se registre a un candidato a algún cargo de elección popular.

“Existe una ley, existe jurisprudencia de la Suprema Corte, que establece que, en los casos de doble nacionalidad, para poder obtener el registro a un cargo, pues tienen que presentarse una serie de documentos; nadie que tenga una doble nacionalidad y que no haya presentado esos documentos ha obtenido el registro por parte del INE, que ha hecho una revisión puntual y escrupulosa”, explicó Córdova

Ayer, Isabel Miranda, presidenta de Alto al Secuestro, y Alejandro Martí, de México SOS hicieron eco de las denuncias del candidato presidencial priista José Antonio Meade para acusar a Salgado de arrastrar cuentas pendientes con la justicia relacionadas con secuestros.

Tanto Wallace como Martí exigieron a las autoridades electorales retirar el registro a Salgado.

Córdova respondió que el INE no halló impedimentos de ley para negar el registro a la ex comandante de la Policía Comunitaria de Olinalá,Guerrero, que vivió en el exilio en Estados Unidos –periodo en el que adquirió la nacionalidad– tras haber sido absuelta por falta de pruebas en siete juicios en su contra en diversas instancias judiciales en México.

“Por lo que hace a los procesos penales, la Constitución es muy clara y la jurisprudencia del Tribunal también es muy clara: la suspensión de los derechos políticos, en este caso, la suspensión del derecho a ser votado, opera, o bien cuando hay una sentencia ejecutoriada que suspende los derechos políticos como consecuencia, o bien cuando hay una detención física –ése es el criterio del Tribunal Electoral–, detención real, no estar sujeto a proceso, sino arresto, que le impida realizar campaña.

“Eso es lo que dice la jurisprudencia, es lo que ha dicho el Tribunal, el INE ha aplicado puntualmente, en todos los casos en donde ha otorgado un registro, todos los antecedentes judiciales, y quien no esté de acuerdo, pues, tiene las vías para poder impugnar”, explicó Córdova.

Con información de Reforma

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