InsurgentePress, Ciudad de México.- Un tribunal federal estableció, por primera vez, que los bancos deben indemnizar por daño moral a personas acosadas por sus despachos de cobranza para que paguen deudas inexistentes.

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil confirmó en definitiva una sentencia que condena a Banco Santander a compensar con 130 mil pesos a una persona que fue hostigada telefónicamente por una firma de cobranza, pero que ni siquiera tenía deudas con la institución.

“Se causa daño a la intimidad, no por el hecho de haber efectuado el cobro mediante llamadas telefónicas sin seguir el protocolo de actuación respectivo, es decir, fuera de los días y horarios establecidos para la gestión de cobro.

“Sino por su falta de deber de cuidado, al haber estado cobrando reiteradamente cantidades no adeudadas”, explicaron los magistrados.

Los despachos de cobranza con frecuencia acosan por teléfono a personas que ni siquiera son los deudores a los que están buscando, ya que suelen tener datos obsoletos y no investigan la dirección o teléfono actualizados de los verdaderos morosos.

En este caso, durante el juicio, el demandante probó que los cuatros contratos supuestamente firmados con Santander se basaron en documentos apócrifos.

Dichos acuerdos eran para cuenta de cheques, un crédito personal que sumaba 245 mil pesos y dos tarjetas de crédito, que acumularon saldos negativos por 187 mil pesos.

La tesis del tribunal colegiado sobre el tema está vigente desde el 29 de mayo y puede servir como base para que personas en situación similar promuevan demandas por daño moral contra los bancos.

La institución bancaria fue señalada por cobros de deudas inexistentes.

Con información de Reforma

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