mayo 8, 2018

‘El tuit de @RicardoAlemanmx’

Por Ernesto Villanueva/Especial InsurgentePress/Ciudad de México.- No me gusta el periodismo que hace @RicardoAlemanMx. Por eso no lo leo ni sigo sus opiniones, salvo ahora que uno de sus tuits ha trascendido el mundo virtual y ha tenido (está teniendo) efectos en el mundo real o percibido como tal.

Como es sabido, Alemán publicó un tuit desafortunado, ajeno, por supuesto, a la ética periodística porque permitió que pudiera ser interpretado como probable llamado a la comisión de un delito, el de privar- de acuerdo a esta lectura- de la vida al candidato de MORENA a la presidencia, Andrés Manuel López Obrador.

La condición humana está impregnada de un conjunto de emociones positivas y negativas. Las negativas tienden a ganar la partida. Recuérdese la sentencia de Cornelio Tácito (que cita Nicolás Maquiavelo en su clásico “Discursos sobre la primera década de Tito Livio”) “Mayor es la inclinación a castigar la ofensa que a premiar el beneficio, porque el agradecimiento pesa y la venganza satisface”.

En estos excepcionales casos por lo menos en México el primer sentimiento que tiene una persona que no concuerda con los juicios de Alemán, y más aún cuando ha sido objeto de las fobias del periodista impugnado, como ha sido mi caso y el de muchos otros, es sumarse de manera activa o pasiva a fuente ovejuna y sentir ese interno “gozo” del sufrimiento ajeno, de la venganza puesta en forma por la fortuna.

No creo, empero, que si se intenta hacer periodismo de distinto tipo se deje que la razón se convierta en rehén de la emoción o sentimiento. Al contrario, a mayor conocimiento debe haber mayor responsabilidad. Ahí estriba la diferencia de qué decir y cómo hacerlo. Veamos.

Primero. @RicardoAlemanMx abrió una rendija a diversas interpretaciones con su tuit. Gran parte de la comunidad de Twitter lo interpretó como si se tratase de un llamado puntual, directo y sin lugar a la menor duda a que se cometiera el delito de homicidio en perjuicio de AMLO. Un análisis- superficial porque no requiere más- arroja que esa conducta reprobable no es, sin embargo, constitutiva del tipo penal del llamado o apología del delito habida cuenta que la materia penal es de estricto derecho; es decir, el margen de interpretación es muy reducido por su propia naturaleza punitiva.

A mayor abundamiento, el artículo 14 constitucional, párrafo tercero- uno de los pilares del principio de seguridad jurídica- dispone que: “En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata”. (Cursivas mías).

En el mismo sentido, el único criterio jurisprudencial del Poder Judicial de la Federación señala: “la provocación a cometer un delito debe ser directa y expresa, y solo puede ser dolosa, o sea, con la voluntad y conciencia del agente de provocar la ejecución de un cierto y determinado delito”. (http://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/Documentos/Tesis/195/195257.pdf)

Es claro y notorio que esos dos elementos del tipo penal: a) directa y expresa y b) dolosa no concurren en el tuit motivo de la polémica.

Segundo. Si los primeros dos elementos que mencioné no actualizan el tipo penal citado, menos todavía es posible probar el hilo conductor según el cual el famoso tuit es reflejo de una orden de un servidor público del repudiado gobierno de @epn para provocar el supuesto delito. Queda, por supuesto, como conjetura o mera opinión, pero no satisface de ningún modo los requisitos que requiere el sistema legal para que el ministerio público active una averiguación previa por la falta de los elementos mínimos.

Hasta ahora los actores sociales que han expresado ese nexo causal no han aportado no solo prueba alguna, sino ni siquiera el menor indicio que sustenten sus dichos más allá de un juicio de valor.

Tercero. Que un ciudadano haya presentado una denuncia de hechos en la Procuraduría General de la República no prejuzga que se haya cometido delito alguno. Todo mundo tiene el derecho de presentar las denuncias de hecho que quiera. Otra cosa es que esas denuncias prosperen jurídicamente.

Estoy plenamente convencido de que el tuit de Alemán no genera un caso y que esa denuncia, que puede tener muchas motivaciones algunas de ellas compartibles desde la perspectiva deontológica y/o sociológica, adolece de los méritos que el derecho reclama. El sentido común debe prevalecer en esta polémica y ubicar el tuit en su justa dimensión. En nada se abona al ejercicio de un periodismo anclado en los mínimos valores éticos cuando se quiere convertir a Alemán en un mártir de la censura y el autoritarismo por más cuestionables que sean sus expresiones.

@evillanuevamx

ernestovillanueva@hushmail.com

Comentarios desactivados en ‘El tuit de @RicardoAlemanmx’