Agencias / Ciudad de México.- Un Tribunal Federal ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) abrir el expediente Odebrecht que involucrar al ex-director de Petróleos Mexicanos (Pemex) Emilio Lozoya Austin, debido a que es un asunto de corrupción a gran escala.
El Tribunal rechazó el recurso de amparo que interpuso Lozoya Austin para mantener bajo reserva las averiguaciones previas iniciadas por el caso Odebrecht en la extinta Procuraduría General de la República (PGR).
Lozoya Austin interpuso los recursos legales para pedir que se clasificara el caso como reservado, no solo sus datos personales y de su familia.
Un Tribunal Federal encargado de revisar el proceso resolvió en definitiva y por unanimidad negar a Lozoya Austin el amparo, tras considerar que el caso Odebrecht es un asunto de corrupción a gran escala, y que por encima de los intereses particulares debe prevalecer el interés público y general.
Por ende, la Fiscalía General de la República tendrá que elaborar versiones públicas del caso.
La Fiscalía promovió varios recursos de amparo para mantener de manera temporal cerrado el expediente.
La FGR presentó una nueva demanda de amparo y obtuvo una suspensión para no dar a conocer la lista de personas vinculadas con el caso Odebrecht este año.
Desde hace casi cuatro años que se abrió el caso Odebrecht la extinta PGR ahora Fiscalía General no han ejercitado órdenes de aprehensión en contra de algún probable responsable.
Ello contrasta con el avance en otros países donde los actos de corrupción promovidos por Odebrecht ya han derivado en detenciones de alto nivel y hasta en procesos judiciales contra expresidentes.
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Lozoya vs la transparencia
En 2018, Emilio Ricardo Lozoya Austin interpuso, a través de sus abogados, una demanda de amparo en contra de una resolución del INAI que ordenaba la elaboración de versiones públicas de las investigaciones del caso Odebrecht.
Aunque la orden era para PGR, Lozoya interpuso la queja aludiendo que no se le había dado derecho de audiencia en la toma de decisión de esta resolución, la cual pondría en riesgo datos personales, así como su derecho a la presunción de inocencia.
El juez a cargo del caso le concedió a Lozoya una suspensión para que sus datos y los de su familia no fueran revelados, pero aun así el exfuncionario interpuso una queja contra dicha suspensión. También interpusieron recursos contra la misma el INAI y la propia PGR.
La suspensión recayó en el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa quien, de forma unánime, resolvió en marzo pasado ratificar la suspensión a Lozoya, pero a su vez negarle otra. La sentencia de 80 páginas fue transparentada por el Consejo de la Judicatura, lo que permite conocer detalles inéditos de la misma.
Lo que el exdirector de Pemex buscó inicialmente ante el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa y luego ante el referido tribunal era, además de proteger sus datos, prohibir judicialmente a la PGR entregar versiones públicas de dos carpetas de investigación del caso.
Al analizar el fondo del asunto, los magistrados del tribunal señalaron que si bien, las averiguaciones previas y las carpetas de investigación son datos confidenciales por regla general, el numeral 110, fracción VII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública indica que hay dos excepciones: cuando se trate de casos de graves violaciones a derechos humanos, y cuando se trate de asuntos de corrupción.
“De esta forma, como sostuvo el Juez de Distrito, a pesar de la reserva de información que se previó en el caso, tal carácter se ve superado por el interés de la sociedad de conocer todas las diligencias que se estén llevando a cabo para la oportuna investigación de hechos que implican información relativa a hechos que implican actos de corrupción”, señala la resolución.
El fallo insiste en que transparentar versiones públicas del caso no vulnera los derechos de Lozoya toda vez que “la información que se ordenó proporcionar, atiende al interés de la sociedad respecto de las investigaciones relacionadas con actos de corrupción, y ésta deberá entregarse con supresión de datos personales y/o confidenciales del quejoso y su familia”.
Este criterio coincide con el del primer juez que revisó el caso y que concluyó que la solicitud de Lozoya de suspender la apertura de todo el expediente (y no solo sus datos) implicaría “el incumplimiento de ordenamientos legales de orden público e interés general cuyo objetivo es satisfacer necesidades colectivas, lo cual se sobrepone a intereses particulares.
Cabe señalar que a esta demanda de amparo también se sumó la PGR quien consideró que la orden de abrir el expediente no era posible pues no estaba en sus funciones “elaborar versiones públicas”, argumento que los magistrados desecharon por ser improcedente.
Esta demanda sigue abierta ya que la referida revisión que llegó a un tribunal colegiado corresponde solo al tema de la suspensión definitiva que buscaba Lozoya. El fondo del asunto, en el que se determinará si se concede o no el amparo, se tiene que llevar a cabo en una audiencia constitucional que ya ha sido diferida hasta en cuatro ocasiones.
Tres ejecutivos acusados en el juicio del caso Odebrecht revelaron en Brasil que entre 2012 y 2014, Emilio Lozoya Austin, habría recibido sobornos por USD 10 millones para favorecer a la empresa con distintos contratos. @lopezobrador_ @M_OlgaSCordero @EmilioLozoyaAus @LVidegaray pic.twitter.com/dqSAMU1Foo
— chakoka (@chakoka) April 18, 2019
FGR interpone amparos para no informar
Pese a que el pleno del INAI ha ordenado en varias ocasiones a la Fiscalía General de la República que transparente datos y versiones públicas de las carpetas de investigación del caso Odebrecht, y a que incluso ya hay una resolución de un Tribunal Federal (por el caso Lozoya) que confirma que debe informarse, esto sigue sin materializarle.
El motivo son las suspensiones judiciales que la propia PGR (ahora Fiscalía) ha promovido para no transparentar el expediente, con el argumento de que se pondría en riesgo la investigación y que se vulnera el principio de presunción de inocencia de los implicados.
La primera demanda de amparo fue presentada en octubre de 2018, durante la recta final de la administración de Enrique Peña Nieto. Inicialmente el juez responsable desechó la petición pero gracias a un recurso de revisión, la entonces PGR consiguió que el caso fuera retomado y ganó una suspensión definitiva para frenar el cumplimiento ordenado por el INAI.
En el actual sexenio, pese a la transformación de la PGR en una entidad autónoma (Fiscalía General) que la desliga del gobierno federal implicado en estos hechos, se ha mantenido la misma línea de opacidad.
Prueba de ello es que el pasado 8 de febrero (ya bajo la gestión del fiscal Alejandro Gertz Manero) la Fiscalía promovió una nueva demanda de amparo, esta vez para frenar el cumplimiento del recurso de revisión 6694/18 en el que el INAI le ordena a la dependencia dar a conocer la lista de funcionarios bajo investigación por el caso Odebrecht.
Mientras tanto, las carpetas de investigación del caso Odebrecht se mantienen clasificadas y cerradas, sin que se conozca el nivel de avance en el caso. Esto pese a que el actual presidente, Andrés Manuel López Obrador, había prometido en diciembre pasado que se terminaría con la opacidad en este caso de corrupción.
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