Redacción InsurgentePress/Foto Cuartoscuro/Ciudad de México.- Al menos 7 de 11 ministros que forman el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votaron en contra del proyecto que proponía ampliar el derecho de réplica a personas que se sintieran agraviadas por publicaciones en los medios de comunicación, aunque esta sea cierta y exacta.
Los ministros coincidieron por separado en sus intervenciones que rechazarían la propuesta central del proyecto elaborada por Alberto Pérez Dayán, que hasta ahora no suma opiniones a favor.
El ministro José Ramón Cossío Díaz sostuvo que el proyecto que prevé excluir como causa de réplica la difusión de información “falsa e inexacta” podría dar lugar a abusos que comprometieran de manera desproporcionada el mismo derecho que se busca proteger.
“Si fuera posible responder a todas las opiniones o críticas que se plantean en un medio de comunicación más allá de las informaciones falsas o agraviantes, se desvirtuaría la línea editorial de comunicadores y periodistas, ya que se verían obligados a conceder todos los pedidos de respuesta en función de un elemento tan subjetivo como sentirse agraviado, ofendido o vejado (…) se silenciarían voces y se domesticaría indebidamente el debate nacional”, argumentó.
Por su parte, Arturo Zaldívar afirmó que no comparte el proyecto al considerar que plantea “un derecho de réplica con una limitación excesiva al derecho de expresión”.
Esto, agregó, representa un riesgo no solamente para la democracia sino para la construcción de una sociedad libre.
“Al quitar inexacto y falso y dejar solamente lo agraviante, adicionando un supuesto diferente, lo que me parece es que se deja abierta la posibilidad a cualquier persona o sujeto que pueda decir de manera subjetiva que algo lo agravia sin ninguna base objetiva o normatividad lo que consideró que es profundamente peligroso para la libertad de expresión de nuestro País”, explicó tras anunciar su voto en contra.
En el mismo sentido se pronunciaron los ministros Eduardo Medina, Javier Laynez Potisek, Norma Lucía Pïña Hernández, Margarita Luna Ramos y Fernando Franco, quienes coincidieron en el riesgo que representa ese proyecto para la libertad de expresión.
La discusión continuará el jueves, con solo tres intervenciones pendientes, con nulas posibilidades de que el proyecto alcance los ocho votos necesarios para su aprobación.
Pérez Dayán proponía eliminar un candado del Artículo segundo de la Ley Reglamentaria del Derecho de Réplica, vigente desde 2015, por el cual la réplica solo se puede exigir cuando se publican hechos falsos o inexactos.
El Ministro sugería extender la réplica a la publicación de hechos “cuya divulgación le cause un agravio” a la persona, aun si son ciertos, lo que provocó el rechazo unánime de sus colegas.
La mayoría enfatizó que la réplica existe para aclarar inexactitudes o falsedades, parciales o totales, en los hechos que se informan, no para enfrascarse en debates sobre adjetivos calificativos u opiniones.
“El proyecto deja abierta la posibilidad prácticamente a cualquier persona que pueda decir de manera subjetiva que algo la agravia, sin ninguna base objetiva, lo que es profundamente peligroso para la libre expresión de nuestro País”, dijo Arturo Zaldívar.
Recordó que las acciones de inconstitucionalidad que han promovido el PRD y Morena, partidos políticos que, según la Constitución, están obligados a tolerar incluso expresiones que los denigran.
“La liberad de expresión debe estar protegida en toda su amplitud”, agregó Norma Piña.
José Ramón Cossío destacó que para reparar daños al honor existen vías civiles, es decir, demandas por daño moral.
Javier Láynez consideró que lo inconstitucional es pedir que para la réplica se acredite un agravio, lo que es extraordinariamente difícil, y por tanto es correcto que la rectificación proceda ante hechos falsos o inexactos, sin importar si se causó agravio al interesado.
“Quien acude a la replica es porque le imputa al medio que la información no es cierta ni exacta, y necesariamente tiene que acreditar esa falsedad o inexactitud de los hechos”, explicó Fernando Franco.
Con una postura radicalmente distinta, Eduardo Medina Mora propuso invalidar muchos otros aspectos de la ley, que le parece incompleta, porque no distingue entre funcionarios públicos, personas privadas con amplia proyección pública y personas privadas.
Medina fue el único que cuestionó a los medios de comunicación mexicanos y los instó a adoptar la práctica internacional de obligarse a sí mismos a buscar la postura de la persona afectada por la información, antes de publicarla.
La ley en cuestión, vigente desde hace un año, prevé un proceso judicial sui generis cuando los medios se niegan a publicar una réplica, y hasta ahora solo se han presentado cinco demandas en juzgados federales de la Ciudad de México, ninguna de las cuales ha sido exitosa.
La SCJN discutirá otros temas, entre ellos si es correcto pedir al afectado que primero tramite la réplica ante el medio, como requisito previo para presentar la demanda judicial.