Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- La Secretaría de Salud (SS) revocó los “Lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma”, que publicó el Gobierno de Enrique Peña Nieto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de octubre de 2018.
La SS a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) anunció que revisará la validez de las 57 autorizaciones de importación de productos con cannabis otorgadas a a diversas empresas en noviembre de 2018.
Y de ser necesario, indicó, iniciará las acciones conducentes de conformidad al marco legal aplicable.
“Con estas acciones la Cofepris, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud y la Secretaría de Economía, eliminan la posibilidad de que se comercialicen en territorio nacional productos sin autorización, de conformidad con el marco legal vigente”, precisó.
En un comunicado, la Cofepris señaló que los lineamientos excedieron su propósito al autorizar la comercialización de diversos productos con derivado de la cannabis (THC) en usos distintos a los médicos y científicos.
Eso, advirtió, vulneró la normatividad del Decreto concerniente a la reforma de la Ley General de Salud en 2017.
“Lo anterior es así porque dichas sustancias se encuentran clasificadas como estupefacientes o psicotrópicos de acuerdo con lo dispuesto en la ley”, indicó.
La Dirección General de Comercio Exterior dependiente de la Secretaría de Economía (SE) alertó que los lineamientos contravienen la normatividad en materia del establecimiento de regulaciones no arancelarias a las importaciones y su reglamento.
Los lineamientos aprobados por la Cofepris siendo titular Julio Sánchez y Tepoz, incluyeron mercancías actualmente prohibidas en su comercio por la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
“No existe evidencia de que los citados lineamientos ni su Análisis de Impacto Regulatorio hayan sido presentados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, de conformidad con el artículo 71 de la Ley General de Mejora Regulatoria.
“Además de no haber sido publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) como lo ordenan los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 76 de la Ley General de Mejora Regulatoria, por lo que no han producido efecto jurídico alguno”, aseguró en un comunicado la Secretaría de Salud.
Por ello, añadió, realizará acciones pertinentes para armonizar correctamente el marco jurídico vigente, los reglamentos y normatividad.