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julio 15, 2021

Revoca Tribunal amparos de empresas privadas contra Ley de Industria Eléctrica

Redacción InsurgentePress/Agencias/Ciudad de México.- El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica revocó la suspensión definitiva que otorgó el Juez federal Juan Pablo Gómez Fierro a la empresa Parque Solar Orejana contra el decreto de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) en el País.

El fallo del Tribunal Colegiado enmendó el dictamen de Gómez Fierro Juez segundo de distrito en materia administrativa tras considerar que el decreto del Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) modificó y adicionó diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) sin causar un perjuicio a participantes del mercado en ese rubro en México.

El Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica precisó que el artículo tercero transitorio otorgó un plazo de 180 días para ajustar todas las normas del sector.

“La Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, dentro del ámbito de su competencia, dispondrán de un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica, con el fin de alinearlos a lo previsto en el presente Decreto” señala el artículo transitorio.

El pasado 18 de marzo, el Juez Gómez Fierro otorgó a la empresas Parque Solar Orejana una suspensión definitiva contra la aplicación de la LIE que promovió el Presidente López Obrador.

Siete días antes, el Juez Gómez Fierro había concedido a la empresa Eoliatec del Pacífico una medida cautelar que frenó la entrada en vigor de la LIE en el País.

El Tribunal Colegiado echó atrás la medida cautelar que concedió el Juez Gómez Fierro a empresas con efectos generales debido a que la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) estableció las reglas claras de competencia en la materia sin otorgar ventajas a nadie.

Los magistrados los magistrados Eugenio Reyes Contreras, Gildardo Galinzoga Esparza y Rosa Elena González Tirado, coincidieron por separado improcedente la suspensión definitiva contra la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) en el País.

Reyes explicó que las empresas solo podrán solicitar suspensiones cuando ya existan estas normas, o cuando las autoridades les inicien algún procedimiento de revisión, renegociación o revocación de sus permisos.

Este jueves, los magistrados del Tribunal Colegiado emitieron el dictamen tras analizar el recurso de revisión que interpuso La Secretaría de Energía (Sener) contra el dictamen del Juez Gómez Fierro a favor de la empresa Parque Solar Orejana.

El pasado 9 de marzo, el Diario Oficial de la Federación (DOF) difundió el decreto de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que prevé revertir contratos leoninos de generación otorgados en administraciones anteriores y rescatar la paraestatal Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el Pais.

Los recursos legales habían logrado frenar la entrada en vigor de las modificaciones aprobadas por el Congreso a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) desde el pasado mes de marzo.

La nueva LIE establece que las centrales de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), incluyendo las que usan combustóleo y carbón, despacharán primero su energía a la red, además de que la empresa no estará obligada a comprar a través de subastas, que habían beneficiado a generadoras solares y eólicas, muchas de ellas con capital extranjero.

También se podrán revisar viejos contratos con Productores Independientes de Energía (PIE), entre los que se encuentran la española Iberdrola.

Paralelamente, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) podrá revisar y revocar permisos de auto abasto, un esquema del que el Gobierno alega se ha abusado en detrimento de la empresa paraestatal.

El pasado 12 de julio en Villahermosa, Tabasco, el Presidente López Obrador anunció que enviaría al Congreso de la Unión una reforma constitucional para evitar los juicios de amparo que han promovido empresas privadas contra la Ley de la Industria Eléctrica en el País.

El contenido de la iniciativa, dijo López Obrador, considerará criterios prioritarios en la generación de energía eléctrica el interés público, protección civil y seguridad de la ciudadanía sobre los capitales de la iniciativa privada nacional y extranjera en el País.

Ese día en conferencia de prensa, López Obrador dijo que existe un mejor control en el manejo de las presas del río Grijalva que ha permitido mantener los niveles sin provocar inundaciones en esa región del sureste mexicano.

Tras escuchar el informe de siete dependencias federales sobre los apoyos entregados y obras realizadas tras las inundaciones de 2020, López Obrador sostuvo que la cantidad de energía eléctrica generada por turbinar el agua de presas de la cuenca del Grijalva se ha incrementado.

“Se ha estado turbinando también, como nunca, al grado que se ha incrementado la generación de energía en las hidroeléctricas más del 200 por ciento; tan es así, porque estaban paradas porque no les daban oportunidad de subir la energía a la red.

“No había despacho, como le llaman, todo para beneficiar a las empresas privadas y tener subutilizadas las hidroeléctricas que producen energía barata y limpia, porque es agua y es un proceso mecánico, es que pase el agua, que mueva las turbinas, sale el agua limpia, a la salida del agua ya hay aves y pescado.

“Bueno, pues ahí así no nos permitían turbinar, porque se les daba preferencia a las empresas particulares”, sostuvo.

Desde el pasado mes de marzo, los jueces Gómez Fierro y su homólogo Rodrigo de la Peza otorgaron más de 360 suspensiones a empresas con efectos generales contra la Ley de la Industria Eléctrica.

Un 65% habían de los amparos que otorgaron ambos jueces habían sido definitivos a la espera de una resolución de fondo el juicio en detrimento del Estado mexicano.

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