agosto 31, 2020

Avala Constitución ‘mañaneras’ de AMLO

El Ejecutivo puede informar, opinar o decir lo que quiera y cuando quiera.

El Mundo al Revés/Por Ernesto Villanueva/Ciudad de México.- La opinión publicada (relativa a los juicios formados por los medios de comunicación) han incorporado a su agenda de discusión las conferencias diarias del presidente Andrés Manuel López Obrador conocidas como mañaneras, sobre las cuales se han externado los más distintos puntos de vista desde que iniciaron al principio del nuevo régimen o gobierno para no contrariar a quienes creen que es así. No quiero abundar a las reflexiones y puntos de vista metajurídicos que existen y de sobra en los medios. Prefiero ir a los datos que, a mi juicio, es lo verdaderamente importante: ¿Son ilegales? ¿De cara al proceso electoral de 2021 existen mecanismos previstos en la Constitución que impidan al Presidente llevar a cabo sus ejercicios de información y de fijar postura sobre los más diversos aspectos de la vida pública o no? Lo demás es lo de menos y corresponde a la libre deliberación de la cosa pública donde cada quien tiene su legítimo derecho de expresar lo que quiera, con los límites establecidos en los artículos 6º y 7º de la Constitución. Veáse cuál es el estado jurídico que guarda este rubro a debate mediático.

Primero. Hay que precisar que las mañaneras del Presidente no tienen forma alguna de ser impugnadas conforme a derecho. En efecto, el artículo 6º constitucional no establece límite alguno para que el titular del Ejecutivo pueda informar, opinar o decir lo que quiera y cuando quiera. Reitero, mi reflexión no es politológica ni sociológica, sino estrictamente apegada a derecho. De esta suerte, no hay litigio estratégico ni de ningún tipo que pueda prosperar para impedir las mañaneras.

Pudiera haber un punto de discusión legal si el presidente López Obrador ordenara que la Secretaría de Gobernación ejerciera las atribuciones que el artículo 255 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión le confiere. No es el caso, la señal que transmite los mensajes del Presidente es abierta y se transmite por internet y voluntariamente y por su interés noticioso los medios la retoman por voluntad propia. No hay pues ni siquiera en este rubro algún cabo suelto jurídico del cual pudiera existir alguna vía.

Segundo. La cercanía de las elecciones federales y locales del 2021 han prendido las luces de los detractores del Presidente y se ha vuelto parte del intercambio de análisis la eventual cancelación de las mañaneras o, al menos, darle algún formato especial durante el periodo electoral. Cabe reiterar que, al igual que en el otro asunto, no hay mecanismo alguno para impedir que el Presidente siga con sus mañaneras, exactamente como las hace. En suma, podrán seguir existiendo quejas, objeciones y catarsis de todo tipo sobre esta temática, en ejercicio de la libertad de expresión de analistas y opinadores, pero dejo en claro que cualquier abogado serio debe saber que no hay caso legal que controvertir. A otra cosa.

@evillanuevamx

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