Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) prolongó la Fase I de contingencia ambiental atmosférica y restringió la circulación de vehículos con hologramas de verificación 1 y 2, además, de O y 00 con engomado amarillo con terminación de placas 5 y 6, debido a la alta concentración de ozono en el Valle de México.

En un comunicado la CAMe precisó que el objetivo de mantener la Fase I de la contingencia ambiental es evitar daños en la salud de la población producto de los altos niveles de contaminación en el Valle de México.

El Sistema de Monitoreo Atmosférico capitalino advirtió que las condiciones climatológicas provocarían una mala dispersión del ozono y sus precursores en el centro del País.

Persiste, indicó, un sistema de alta presión que generaría una estabilidad atmosférica moderada a fuerte, temperatura máxima promedio de 29 a 30 grados, viento débil y dirección variable en la mayor parte del día, además de radiación solar intensa y continua.

Estos factores, alertó, provocan un estancamiento de los contaminantes y formación de ozono que traen consigo una mala a muy mala calidad del aire en el centro del País.

La CAMe exhortó a los ciudadanos verificar la información oficial sobre la calidad del aire y evitar hacer ejercicio en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.

La dependencia informó que emitirá un nuevo reporte sobre las condiciones meteorológicas prevalecientes en la Zona Metropolitana del Valle de México a las 15:00 horas de este sábado.

¿Qué vehículos no circularán este sábado 21 de mayo?

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1
    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado amarillo, terminación de placa 5 y 6 .
    Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.
    Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
    Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
    Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones:

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
    Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color amarillo, terminación de placa 5 y 6.
    Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19 y que porten folio de cita).
    Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
    Los taxis pueden circular de 05:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
    Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
    Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
    Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
    Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
    Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
    Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
    Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
    Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
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