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septiembre 5, 2022

Perfila SCJN fallo a favor de mantener prisión preventiva oficiosa en el País

Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfilan un fallo a favor de mantener la aplicación de prisión preventiva de oficiosa que definiría en votación del Pleno este martes.

Durante el debate y análisis del proyecto para revertir la aplicación de prisión preventiva oficiosa que presentó el ministro Luis María Aguilar Morales obtuvo cuatro votos en contra a uno de ser desechada por el pleno de la SCJN

Los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Alberto Pérez Dayán rechazaron el proyecto de Aguilar Morales que estableció que la prisión preventiva de oficio sería violatoria de derechos humanos en el País.

La ministra Esquivel Mossa solicitó al Pleno de la SCJN escuchar la voz de las víctimas tras advertir que ese órgano carecía de facultades para inaplicar la norma constitucional.

“La Suprema Corte carece de atribuciones para inaplicar una norma constitucional. No hay ninguna norma que prevea un hipotético emplazamiento al poder reformador de la Constitución”, explicó.

Afirmó que eliminar la prisión preventiva oficiosa no es la solución a los problemas de inseguridad que enfrenta el país.

“No estoy de acuerdo en que ésta Suprema Corte de Justicia de la Nación abandone lo resuelto en la contradicción de tesis 293/2011.

“Abandonar esta jurisprudencia significa despojar al Estado mexicano determinar en qué casos debe prevalecer la Constitución.

“Me pronuncio a favor de preservar la prisión preventiva oficiosa y no estoy de acuerdo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación despoje al Estado mexicano de la potestad para determinar bajo qué casos y qué condiciones pueden restringirse los derechos”, indicó.

En ese contexto la ministra Loretta Ortiz Ahlf reconoció que la Convención Americana de Derechos Humanos establece que la prisión preventiva debe ser limitada y justificada.

Ortiz Ahlf voto en contra del proyecto de echar abajo la prisión preventiva oficiosa en el País.

“La inaplicación de una norma constitucional por parte del Poder Judicial de la Federación es una cuestión sumamente delicada que incluso nos llevaría a cuestionar el principio de división de poderes.

“Sería una falacia que al tiempo que estamos llamados a proteger la Carta Magna de la Unión, estamos dispuestos a inaplicarla”, sostuvo.

Durante su intervención, el ministro Pérez Dayán considero que procedería invalidar la ampliación del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio sin eliminar del todo su aplicación en el País.

“No me corresponde entonces asumir una tarea que no se me encomendó, no soy quién para desprender hojas de la Constitución”, indicó.

En ese contexto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá consideró necesario invalidar los artículos con los que se amplió el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio en México.

La prisión preventiva de oficio, añadió, entendida como una medida que procede de manera automática, es violatoria de derechos humanos.

“La prisión preventiva automática basada únicamente en condiciones genéricas resulta violatoria de los derechos humanos del imputado”, sostuvo.

González Alcántara Carrancá matizó que inaplicar el artículo 19 constitucional sería una decisión incorrecta de la SCJN.

Añadió que la norma requeriría establecer una interpretación de que la prisión preventiva de oficio no debería ser aplicada de manera automática sino previa solicitud del ministerio público, conforme al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Esta propuesta implicaría establecer que, tratándose de los delitos del 19 Constitucional, los jueces siempre tienen que estudiar de oficio si imponen prisión preventiva, sin que lo pida la Fiscalía General de la República, pero valorando las condiciones de cada caso para resolver si procede.

Esta interpretación permitiría a la SCJN actuar con “prudencia y moderación”, indicó González Alcántara Carrancá, sin poner “innecesariamente” a prueba el alcance de sus facultades, y mostrando deferencia hacia los demás poderes y, en particular, hacia el Poder Reformador de la Constitución.

El debate ha quedado inconcluso, debido a que el voto del ministro González Alcántara Carrancá quedó indefinido para establecer que la propuesta de Aguilar Morales no obtendrá los 8 votos que necesita.

En consecuencia, el ministro presidente de la SCNJN Arturo Zaldívar levantó la sesión que continuaría el Pleno sobre el tema este martes.

El proyecto requiere de ocho votos en la parte que propone revertir la prisión preventiva oficiosa por violar derechos humanos que prevé el segundo párrafo del Articulo 19 de la Constitución, con un catálogo de 16 delitos.

El Ministro presidente Arturo Zaldívar dio por terminada la sesión luego de esta intervención, por lo que el debate continuara mañana.

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