Redacción Insurgente Press/Ciudad de México.- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó con 2 mil 414 millones 51,954 pesos a 53 empresas y 34 personas coludidas para elevar y manipular precios de distribución de gas licuado de petróleo (gas LP) mediante plantas y expendio en estaciones de servicio en el País.
El periódico El Economista difundió que la Cofece imputó a esas empresas y personas de haber dividido de forma irregular la distribución y/o asignación de porciones del mercado mediante clientela en el territorio nacional.
El Pleno de la Cofece indicó que una vez concluido el procedimiento existían elementos suficientes para acreditar las prácticas monopólicas absolutas realizadas por los distribuidores imputados, entre ellos los grupos Soni, Nieto, Tomza, Simsa, Global, Uribe y Metropolitano, ubicados en la Ciudad de México, Estado de México, Culiacán, Colima y Tamaulipas.
“Mediante estas conductas los agentes económicos acordaron mantener sus participaciones de mercado y evitar competir entre sí, lo que se tradujo en un deterioro de las condiciones de oferta de este importante energético, así como el cobro de sobreprecios indebidos”, señaló la Cofece.
De acuerdo a las autoridades, el gas LP es considerado el combustible de mayor uso doméstico en el País.
La Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 8 de cada 10 familias utilizan el combustible para la cocción de alimentos en México.
La Cofece sustentó la multa en el artículo 53, fracciones I y III de la Ley Federal de Competencia Económica (Ley o LFCE).
Ee enero a junio de 2022, el valor de ventas totales de gas LP alcanzó más de 36,000 millones de pesos a nivel nacional.
Por ello, el Pleno de la Cofece determinó las empresas y personas infractores provocaron un daño estimado en 13,392 millones 548,798 pesos de 2007 a 2019.
Este monto, añadió la Cofece, es 5.5 veces más alto que la multa aplicada.
La Cofece catalogo de alta gravedad la magnitud del daño, carácter intencional de conductas y relevancia del mercado afectado contra el bienestar general de la población.
El Pleno de la Cofece avaló la inhabilitación a diversas personas físicas que participaron en algunos de los acuerdos acreditados.
Las empresas y personas sancionadas podrían apelar el fallo de la Cofece a través de un juicio de amparo indirecto ante el Poder Judicial de la Federación.


















