Redacción InsurgentePress/Ciudad de México.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la entrada en vigor de la reforma constitucional que prolongó la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública de 2024 a 2028 en el País.
El documento precisó que la intervención de las fuerzas armadas será de manera extraordinaria, temporal bajo solicitud expresa y justificada de la autoridad civil.
Paralelamente, indicó, la participación de las fuerzas armadas será sujeta a una revisión y supervisión de funcionamiento, subordinada y complementaria a las labores de apoyo a tareas de seguridad pública institucional.
Resaltó que las acciones de las fuerzas armadas en ningún momento sustituyen a autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o exime de sus responsabilidades.
Además, el Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral sobre las actividades de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública en el País.
Y, añadió, proporcionará indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos y corroborar el respeto cabal a los derechos humanos en el País.
Agregó que el Ejecutivo Federal establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública a partir del ejercicio fiscal 2023.
El Fondo deberá ser equivalente en términos porcentuales al incremento que reciban las fuerzas armadas permanente y Guardia Nacional para tareas de seguridad pública cada año y esos recursos no podrán ser utilizados para otro fin.

El pasado 12 de octubre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por mayoría calificada el dictamen que modificó el artículo Quinto Transitorio del decreto que había reformado diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional (GN), publicado en el DOF el 26 de marzo de 2019.
La nueva reforma constitucional prevé que durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del decreto las fuerzas armadas permanente en tareas de seguridad pública, mientras la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial.
Esto, facultó al Presidente de la República para disponer de las fuerzas armadas de forma permanente en tareas de seguridad pública de 2024 a 2028
Además, la reforma avaló que en un plazo no mayor a 60 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto y hasta la conclusión del plazo, el Congreso de la Unión integrará una Comisión Bicameral, para la revisión de los informes semestrales de actividades de las fuerzas armadas y convocar a los secretarios de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina.
La Comisión Bicameral remitirá a cada una de las cámaras del Congreso los dictámenes semestrales, para su discusión y aprobación.
Una vez aprobados, notificará al Ejecutivo Federal las recomendaciones para su evaluación y atención.

















