Agencias/Ciudad de México.- El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) desestimó este jueves el recurso del ciclista colombiano Nairo Quintana contra la sanción que le impuso la Unión Ciclista Internacional (UCI), que le descalificó del último Tour de Francia por infringir su reglamento médico.

La UCI adoptó esta decisión después de que los análisis de dos muestras de sangre proporcionadas por el ciclista los días 8 y 13 de julio durante el Tour de Francia 2022 revelaron la presencia de tramadol y sus dos metabolitos principales.

El tramadol es un analgésico prohibido por la UCI desde el 1 de marzo de 2019 para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante los efectos secundarios de esta sustancia, pero no figura en la lista de sustancias prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).

Tras la audiencia del caso celebrada el pasado 12 de octubre, el panel del TAS resolvió que la prohibición de la UCI en competición de tramadol se debe a razones médicas y no a razones de dopaje y, por lo tanto, está dentro de las competencias y jurisdicción del organismo.

“La Unión Ciclista Internacional acoge con satisfacción la decisión de hoy del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que confirma la descalificación del ciclista colombiano Nairo Alexander Quintana Rojas del Tour de Francia 2022 por infringir la prohibición de uso de tramadol en competición. Esta decisión refuerza la validez de la prohibición de tramadol en el Reglamento Médico de la UCI para proteger la salud y la seguridad de los corredores. La UCI no hará más comentarios sobre este asunto”, señalaron en el comunicado.

“Desde el 1 de marzo de 2019, la UCI ha prohibido el uso de tramadol en competición en todas las disciplinas y categorías para proteger la salud y la seguridad de los ciclistas ante los efectos secundarios de esta sustancia. Las muestras son recolectadas por la Agencia Internacional de Pruebas (ITA) utilizando el método de referencia Dried Blood Spots (DBS). Desarrollados por la empresa suiza DBS Systems, los kits de muestreo se utilizan para realizar esta prueba mínimamente invasiva, que consiste en extraer una pequeña cantidad de sangre de la yema del dedo del ciclista.

El análisis de las muestras se lleva a cabo de forma independiente en el Laboratorio de Farmacología Clínica y Toxicología de la Universidad de Ginebra, utilizando un método de revisión por pares para determinar la presencia o ausencia y la cantidad de tramadol y sus dos metabolitos principales. Luego, los resultados se envían al Centro de Investigación y Experiencia en Ciencias Antidopaje (RED) de la Universidad de Lausana para una revisión independiente final. Los resultados finalmente se envían al Director Médico de la UCI, quien realiza la gestión de resultados de acuerdo con las Reglas Médicas de la UCI”.

El panel también concluyó que las pruebas científicas confirman que las muestras de Nairo Quintana contenían tanto tramadol como sus dos metabolitos y sobre esta base determinó que la decisión impugnada debía mantenerse, por lo que desestimó el recurso del ciclista.

La UCI anunció el pasado 17 de agosto la descalificación de Quintana del último Tour, en el que acabó sexto, por infringir su reglamento médico y le impuso una multa de 5,000 francos suizos, tras lo que el corredor decidió recurrir al TAS y renunció a participar en la Vuelta a España aunque el reglamento permitía que compitiera en la misma.

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