Agencias / Ciudad de México.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves su decisión de permitir al jugador argentino de fútbol Lionel Messi registrar en la UE su marca para prendas de vestir, calzado y artículos de deporte.

El tribunal europeo, en concreto, ha desestimado los recursos presentados contra la resolución de primera instancia del Tribunal General que avaló dicho registro por parte de la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) y la sociedad J.M.-E.V. e hijos, propietarios de los derechos de la marca Unión Massi para prendas de vestir, calzado y cascos para ciclistas.

El caso llegó a Luxemburgo porque la EUIPO había denegado en un primer momento el registro de la marca del jugador de fútbol en la UE por sus similitudes con Massi, pero el argentino presentó un recurso ante la Justicia europea.

Así, el TJUE ha dictaminado que la decisión en primera instancia “tuvo debidamente en cuenta la percepción de las marcas Massi y Messi por la totalidad del público pertinente” y avala que la EUIPO había denegado “erróneamente” el registro de la marca Messi.

El TJUE ha acabado entendiendo que la notoriedad de Messi hace que cualquier persona pueda conocer o averiguar quién es el futbolista

El Tribunal de Justicia ha considerado, además, que “la posible notoriedad de la persona que solicita que su nombre se registre como marca es uno de los factores pertinentes para apreciar el riesgo de confusión”, puesto que este hecho “puede influir en la percepción de la marca por el público pertinente”.

De esta manera, estipula que el fallo en primera instancia “no cometió un error al considerar que la notoriedad del señor Messi Cuccittini constituía un factor pertinente para establecer una diferencia en el plano conceptual entre los términos ‘messi’ y ‘massi’.

En noviembre del 2011, Jaime Masferrer Coma, uno de los dirigentes de la firma Casa Masferrer que produce bicicletas, cascos y prendas deportivas de la marca “MASSI” se opuso al registro del apellido del jugador ante la EUIPO al considerar que existía “riesgo de confusión” entre ambas marcas.

La EUIPO estimó esa oposición en 2013 y Lionel Messi interpuso un recurso contra la resolución, que esa Oficina desestimó en abril de 2014 por considerar, esencialmente, que existía riesgo de confusión.

El futbolista de Rosario recurrió entonces al Tribunal General, que le dio la razón en 2018, al estimar que “el renombre del jugador de fútbol neutralizaba las similitudes visuales y fonéticas entre los dos signos y descartaba todo riesgo de confusión” por ser un “personaje público” de “fama mundial”.

Una vez aclarado que el renombre del futbolista era un factor clave en la evaluación, el TJUE avala la conclusión del Tribunal General según la cual la notoriedad de Messi “era un hecho notorio” que “cualquier persona puede conocer o averiguar por medio de fuentes generalmente accesibles” puesto que se trata “de un jugador de fútbol de fama mundial” y un “personaje público”.

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