Redacción
Ciudad de México, 31 enero 2017.-El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) celebró que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso y este órgano regulador en materia de audiencias.
Después de darse a conocer que el Ejecutivo federal interpuso una controversia constitucional por ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que tratan sobre los derechos de audiencias, el IFT señaló que se trata de normas previstas en la ley, por lo que se deberá resolver el caso por la Corte.
“La ley y los lineamientos configuran un nuevo marco jurídico en materia de derechos de audiencias que ha generado diversos señalamientos relacionados con su constitucionalidad. Ante estos señalamientos, algunos que incluso responsabilizan al IFT por normas previstas expresamente en la ley, es de celebrar la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia”, dijo el órgano regulador en un comunicado.
El IFT añadió que los derechos de las audiencias son reconocidos por la reforma constitucional y establecidos en la propia ley.
El IFT se limitó a decir que en la ley está establecido que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta.
“Entre otras cosas, la ley estableció el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, así como la figura del defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética”, advirtió.