El estado de salud de estos espacios para la comunicación queda supeditado a los lineamientos de la Ley de Telecomunicaciones.

Agencias / InsurgentePress, Ciudad de México.- En 1981, en Juchitán de Zaragoza, surgió Radio Ayuntamiento Popular, la RAP, la primera radio indígena en Oaxaca. Hoy, existen más de 70 radios comunitarias en la región.

Sólo tres de ellas, una en la zona Mazateca y dos en los Valles Centrales, cuentan con permisos (no concesiones) para operar y, sólo una, en Tlahuitoltepec, en la Sierra Mixe, logró, en julio del 2016, la transición de permisionaria a régimen de concesiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Esta situación, en la que más de 90% de estas radios comunitarias en Oaxaca opera aparentemente en la ilegalidad, es un ejemplo general y es investigado por la antropóloga social Elena Nava Morales. Ella trata de entender cómo se dan las relaciones entre los pueblos indígenas y el Estado en el contexto de la comunicación indígena.

Su estudio “Fuerzas hegemónicas y contrahegemónicas en la comunicación indígena” se da en un momento ideal, pues desde la promulgación de la Ley Federal de Comunicaciones y Radiodifusión en julio del 2014 ha habido gran inquietud entre los pueblos indígenas de Oaxaca y en toda la República Mexicana en general, provocando críticas desde los mismos comunicadores indígenas y las organizaciones no gubernamentales dedicadas a temas de comunicación, pues consideran que la ley es discriminatoria y vulnera el Artículo 2 constitucional, que, entre otros, garantiza a los pueblos y comunidades indígenas poder adquirir, operar y administrar medios de comunicación.

Para poder entender el tema, Nava explica que la comunicación indígena y comunitaria son todos aquellos medios de comunicación que los pueblos indígenas se han apropiado para poder comunicar y ejercer su libertad de expresión, con objetivos de lucha social y campesina.

Junto con la creación del IFT, dedicado a administrar el espectro radioeléctrico del país, nació una nueva categoría, concesiones sociales o de uso social, que se divide en indígenas y comunitarias.

Es la primera vez en la historia legislativa en la materia que se considera a la indígena como una categoría jurídica dentro del ámbito de las comunicaciones, entonces, ¿por qué se dice que es discriminatoria?

En opinión de la investigadora, el derecho a ejercer el uso de las ondas radioeléctricas está en el discurso, pero en la práctica no existe o existe de manera incipiente.

Durante el estudio de Nava se diseñó una metodología que abarca varias radios comunitarias indígenas de Oaxaca y se determinó que los proyectos de estas radios (alrededor de 70) se asientan en la oralidad que los pueblos reproducen a través no de imágenes, sino a través de la palabra; que tienen una línea de trabajo de servicio con su comunidad, que mantienen los principios de la comunalidad, el tequio, la reciprocidad, el respeto a los usos y costumbres y la reproducción de las fiestas y rituales.

Además, se estableció que los actores involucrados en la comunicación indígena son: los pueblos con sus proyectos radiofónicos, las instancias mediadoras que han apoyado no con recursos económicos, sino con sus conocimientos para ayudar a los pueblos indígenas con trámites burocráticos, y los agentes de gobierno, que piden a las radios comunitarias llenar una serie de formularios que son poco o nada comprensibles, incluso para abogados especializados.

Por lo anterior, la investigadora concluyó que “sin duda existe un 
desentendimiento epistémico, porque los agentes de Estado y los agentes de los proyectos radiofónicos no logran comunicarse, las políticas no son claras, sensibles y acordes a las realidades del país, hay un desencuentro de entendimiento e interpretación, un desencuentro sobre cómo se concibe el mundo”.

“Y aun cuando el Estado se ha flexibilizado en algunos puntos como es la nueva categoría en la ley (concesiones sociales) y también en el aspecto lingüístico, sigue habiendo poco entendimiento. Entonces poblaciones indígenas, con otras lenguas, con otras concepciones de mundo, con otras cosmologías, ¿cómo van a poder tener acceso a esos recursos estatales?”

Aunque la investigación de la doctora Nava aún no concluye, los resultados adelantan que uno de los aspectos que más apareció en las entrevistas con las personas que dirigen y operan las radios fue la relación de estos medios con sus propias comunidades, que es lo que les da base y fuerza, el sustento para hacer radio comunitaria y no el hecho de obtener una concesión.

Por ejemplo, “entrevisté a dos mujeres que trabajan en una radio de la Sierra Norte de Oaxaca. Ellas me aseguraron que su medio de comunicación depende de la autoridad local.

Si esta autoridad dice que se busque la concesión para estar respaldados, protegidos y evitar decomisos del Estado, se busca, pero si la autoridad dice no, es no, y esto se decide en asambleas comunitarias. Entonces hablamos que son sociedades indígenas regidas por usos y costumbres, hoy llamados sistemas normativos internos.

Es así que deciden cuál es el rumbo que tendrá el proyecto radiofónico”, expuso la antropóloga social.

Así, la investigación tiene hasta ahora como principales resultados:

  1. que las relaciones que se tejen entre comunicadores indígenas y prácticas y discursos de Estado son claramente asimétricas, son escasos espacios de negociación donde prevalece la verticalidad del Estado y su nulo entendimiento de las realidades locales, lo cual conduce a un permanente malentendido entre las partes;
  2. la puesta en marcha de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión fomentó también la efervescencia de la discusión sobre medios comunitarios propiciando una mayor cohesión en la red de comunicadores indígenas.

Por último, la investigadora asegura que el hecho de que la categoría de concesión indígena y comunitaria aparezca en la ley es una ganancia histórica de los mismos pueblos, “y si aparece en el discurso quiere decir que poco a poco deberá llegar a la práctica”. (Con información de la Academia Mexicana de Ciencias)

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