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julio 12, 2017

Anulan ley sobre matrimonio en Chiapas

Redacción

Ciudad de México, 12 julio 2017.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la norma que establecía a la pareja heterosexual como la única que podía contraer matrimonio civil en Chiapas.

También eliminó otro requisito de la legislación chiapaneca para el matrimonio, consistente en no tener una “condición” contraria a la perpetuación de la especie.

Por mayoría del pleno, el máximo tribunal declaró inconstitucionales los artículos 144 y 145 del Código Civil de la entidad, al estimar que son discriminatorios y contrarios al libre desarrollo de la personalidad de los individuos.

El fallo fue emitido dentro de la acción de inconstitucionalidad 32/2016, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Conforme a la discusión del pleno, que tuvo como punto de partida el proyecto de la ministra Margarita Luna Ramos, la Corte anuló la parte normativa donde se concibe al matrimonio como una institución conformada por “el hombre y la mujer” y la frase “perpetuación de la especie”.

Además, estableció que los responsables del orden jurídico en Chiapas deberán entender que el matrimonio puede celebrarse por dos personas de diferente o del mismo sexo.

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